Terreno Rústico
Venda: 50 000,00 €
Oportunidad única para adquirir un terreno privilegiado en el centro de Porto Moniz! Con una superficie total de 247,45 m², este terreno ofrece un potencial increíble para construir o invertir en un proyecto turístico de éxito.
Ubicación:
Situado en el corazón de Porto Moniz, a pocos pasos de las famosas Piscinas Naturales, uno de los mayores atractivos turísticos de la Isla de Madeira.
Disfrute de la proximidad de todos los servicios esenciales, como restaurantes, tiendas y transporte público.
Viva en un ambiente tranquilo y rodeado de la belleza natural de la costa norte de Madeira.
Características:
Superficie total: 247,45 m².
Ubicación central y privilegiada.
Potencial para construcción, con algunas condicionantes ya analizadas y solicitadas al Ayuntamiento.
Condiciones de Construcción:
La construcción está sujeta a algunas condicionantes, ya previamente analizadas y solicitadas al Ayuntamiento de Porto Moniz, descritas a continuación.
"ESPACIO DE USO ESPECIAL - EUE 1 - TURISMO TIPO 1" - Artículo 36.° Definición:
El Espacio de Uso Especial - Turismo tipo 1 comprende el espacio cuya función predominante es el turismo, coexistiendo otras actividades complementarias a la actividad turística en edificios de vivienda colectiva, tales como establecimientos de restauración y bebidas, y pequeños establecimientos comerciales.
El uso turístico deberá estar de acuerdo con el Régimen Jurídico de Instalación, Explotación y Funcionamiento de los Emprendimientos Turísticos, a la fecha vigente.
"Artículo 37.° Régimen de Uso y Ocupación
En este espacio están permitidos: a) Obras de conservación, reconstrucción, alteración y ampliación de edificios existentes, independientemente de su uso y tipología; b) Nuevas construcciones destinadas al turismo, comercio y servicios, vivienda y equipamientos de utilización colectiva; c) La construcción de edificios de vivienda unifamiliar aislados, pareados o en hilera y vivienda colectiva; d) La construcción de obras destinadas a otros usos compatibles, conforme a lo dispuesto en el Artículo 12.° del presente reglamento.
Las actividades terciarias se admiten en todas las plantas.
No se admiten actividades industriales."
"Artículo 38.° Edificabilidad:
Las obras a realizar deben respetar los siguientes indicadores y parámetros urbanísticos aplicados a la parcela o lote urbano:
a) Índice de ocupación - 0,90; b) Impermeabilización máxima del patio 20%; c) Índice de Utilización Emergente - 1,85; d) Índice de Utilización del Suelo - 3,70; e) Altura de la Fachada - 11,50 metros; f) Altura de la Edificación - 14,50 metros; g) Elevación máxima de la cota de solera - 1,00 (En las edificaciones sobre terrenos en pendiente)." Son también de cumplimiento común obligatorio a cualquier espacio dentro del perímetro del PUVPM lo dispuesto en los artículos 12.° a 18.° del respectivo reglamento.
¡No pierda esta oportunidad!
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Estado:
Año de construcción: ---
infraestructuras: 247,45 m²
Capacidad: 247,45 m²